Tras un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol en Florida, una de las primeras preguntas que se hacen las personas es: "¿Cómo voy a ir a trabajar?". Su licencia puede ser suspendida el mismo día del arresto, mucho antes de que se resuelva su caso penal. La buena noticia es que muchas personas pueden seguir conduciendo para trabajar y para sus necesidades diarias con una licencia provisional. La clave es actuar con rapidez, ya que la fecha límite más importante está a solo 10 días.
Este artículo contiene información general y no constituye asesoramiento legal. Cada caso depende de sus propias circunstancias. Si usted o un familiar ha sido acusado, consulte con un abogado penalista lo antes posible.
Dos casos separados: Su licencia y su cargo penal
Un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) da inicio a dos procesos distintos. El primero es el caso penal en el tribunal. El segundo es la suspensión administrativa de su licencia de conducir por parte del Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida. Según la Sección 322.2615 de los Estatutos de Florida, el agente le confisca la licencia y le entrega una notificación de suspensión que también funciona como un permiso de conducir temporal de 10 días. La suspensión administrativa es de 6 meses para la primera suspensión basada en un nivel de alcohol en sangre o aliento de 0.08 o superior, 1 año para la primera negativa a realizar la prueba y 18 meses si se negó y su licencia ya había sido suspendida por una negativa anterior.
El plazo de 10 días
Tiene 10 días a partir de la fecha en que se emitió el aviso de suspensión para solicitar una revisión formal o informal de la suspensión. Si no hace nada, la suspensión simplemente entra en vigor cuando vence el permiso temporal. Dentro de ese mismo plazo, generalmente tiene que elegir entre dos caminos: impugnar la suspensión en una audiencia de revisión o renunciar a la revisión para obtener una licencia por dificultades de inmediato. Nuestro artículo anterior, Los primeros 10 días después de un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol en Florida, recorre esa primera semana paso a paso.
Opción uno: Renunciar a la revisión y realizar la prueba con fines comerciales.
El artículo 322.271(7) del Estatuto de Florida ofrece a los conductores noveles una opción especial. Si nunca le han suspendido la licencia por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI), nunca ha sido inhabilitado para conducir un vehículo comercial por alcohol o por negarse a someterse a la prueba, y nunca ha sido condenado por DUI (incluidas las condenas por DUI fuera del estado), puede obtener una licencia restringida únicamente para fines comerciales, sin tener que esperar el período habitual de suspensión completa. Para calificar, debe inscribirse en un programa DUI aprobado por el estado. Aceptar esta licencia restringida implica renunciar a su derecho a una revisión formal o informal de la suspensión, y la restricción dura lo mismo que la suspensión. La ley también establece que renunciar a la revisión no puede utilizarse como prueba en su contra en ningún otro caso, incluido su caso penal.
Una licencia para fines comerciales permite conducir lo necesario para ganarse la vida, incluyendo ir y venir del trabajo, trabajar y acudir a la escuela, la iglesia o citas médicas. Una licencia más limitada para fines laborales cubre únicamente los desplazamientos al trabajo y los que requiere el puesto.
Opción dos: Solicitar una audiencia de revisión formal
En una audiencia de revisión formal, un funcionario administrativo decide si la suspensión debe mantenerse. Su abogado puede citar al agente que realizó el arresto y cuestionar si existía una base legal para la detención, si había causa probable para el arresto y si las pruebas se realizaron correctamente. Si se revoca la suspensión, se le restituye su licencia completa. La audiencia también le brinda a su abogado la oportunidad de interrogar al agente bajo juramento, lo cual puede ser útil en el caso penal. La desventaja es que, si se mantiene la suspensión, es posible que deba permanecer sin poder conducir durante un período antes de poder solicitar una licencia por dificultades.
Períodos de espera si se confirma la suspensión.
Según la Sección 322.2615(10) de los Estatutos de Florida, si se confirma una suspensión por un nivel de alcohol ilegal y usted no califica para la opción de primera vez, debe esperar 30 días después de que expire su último permiso temporal antes de poder solicitar una licencia para fines comerciales o laborales. Si la suspensión se debe a negarse a realizar la prueba, la espera es de 90 días. Durante esos períodos, no puede conducir legalmente en absoluto. La ley de Florida tampoco permite una licencia por dificultades económicas después de una suspensión por DUI para una persona que tenga dos o más condenas por DUI o dos o más suspensiones previas por negarse a realizar la prueba, excepto a través de las reglas de reinstauración separadas para revocaciones más largas.
Si usted es declarado culpable de conducir bajo los efectos del alcohol
Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva la revocación de la licencia por orden judicial. Según el artículo 322.28 de los Estatutos de Florida, una primera condena por conducir bajo los efectos del alcohol implica una revocación de al menos 180 días y hasta 1 año, y una segunda condena en un plazo de 5 años implica una revocación de al menos 5 años. Tras una condena, la obtención de una licencia provisional generalmente requiere completar el curso educativo y la evaluación del programa para conductores ebrios, y el estado puede exigir la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido. Por este motivo, el resultado del caso penal es crucial para su capacidad de conducir.
¿Qué opción es la adecuada para usted?
No existe una única respuesta correcta. Una persona que conduce para ganarse la vida podría necesitar la certeza de la opción de excepción por primera vez. Quien tenga una fuerte objeción a la detención o a la prueba podría beneficiarse más impugnando la suspensión. Una persona con una suspensión o condena previa podría no cumplir los requisitos para la opción de excepción por primera vez. Dado que la decisión debe tomarse en un plazo de 10 días, consulte con un abogado defensor especializado en casos de DUI antes de que venza el plazo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo obtener una licencia por dificultades económicas si me negué a la prueba de alcoholemia?
Si es su primera suspensión y no tiene antecedentes por conducir bajo los efectos del alcohol, la opción para quienes se niegan a someterse a la prueba aún podría estar disponible. De lo contrario, una suspensión por negarse a la prueba que se mantiene requiere una espera de 90 días antes de poder solicitarla. Negarse a la prueba ahora también puede ser considerado un delito. Lea más en Florida modificó la ley sobre negarse a someterse a una prueba de alcoholemia..
¿Obtener una licencia por dificultades económicas significa que estoy admitiendo mi culpabilidad?
No. La ley de Florida establece que renunciar a la revisión de la licencia para obtener la licencia restringida no puede utilizarse como prueba en ningún otro procedimiento. Su caso penal se resuelve por separado.
¿Puedo ir al supermercado en coche con un permiso de conducir para fines comerciales?
Una licencia para fines comerciales se limita a conducir lo necesario para ganarse la vida, como ir al trabajo, a la escuela, a la iglesia o a citas médicas. Conducir para fines distintos a estos puede acarrear una nueva acusación, así que consulte con su abogado sobre cualquier viaje del que tenga dudas.
¿Te arrestaron por conducir bajo los efectos del alcohol? Llámanos antes de que se te pasen los 10 días.
Las decisiones que tome en los primeros 10 días después de un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol pueden determinar si continúa conduciendo. Llame (239) 933-9404 o Reserva una consulta. Se habla español. Obtenga más información en nuestro Conducir bajo los efectos del alcohol y delitos de tráfico página.
